27/03/2023
Recuerden que el régimen de actividades empresariales a través de plataformas tecnológicas existe solo para ingresos que se obtengan en los cuales exista un intermediario entre el proveedor del producto y/o servicio y el cliente final.
El intermediario: Es la persona moral que deberá efectuar el cobro por cuenta del proveedor y aplicar una retención de ISR sobre los ingresos efectivamente cobrados.
Si vendes por facebook no te aplica este régimen, deberás aplicar otra mecánica de ley.