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PAPELES DE TABAJO PARA LA DECLARACIÓN ANUAL 2025Las personas morales tienen como fecha límite el 31 de marzo de 2026 par...
25/02/2026

PAPELES DE TABAJO PARA LA DECLARACIÓN ANUAL 2025

Las personas morales tienen como fecha límite el 31 de marzo de 2026 para presentar su Declaración Anual 2025, por lo que es momento de preparar con cuidado los papeles de trabajo y amarrar la información contable antes de enviar el formulario al SAT.

Los papeles de trabajo no tienen un formato específico por parte de la autoridad, pero deben seguir las disposiciones fiscales vigentes y permitir demostrar cómo se determinó la base gravable y el ISR del ejercicio. Muchos sistemas contables generan reportes básicos que no son suficientes para documentar correctamente ajustes y conciliaciones.

Estos son los papeles de trabajo que se requiere preparar para la presentación de la declaración anual 2025, sin ser un listado definitivo debido a que depende del tipo de negocio, régimen fiscal y complejidad de la operación:

✅Estados financieros básicos
Balance general
Estado de resultados
Estado de cambios en el capital contable
Estado de flujos de efectivo
Estado de costo de producción y ventas
✅Conciliación contable fiscal
✅Conciliación de nóminas contra contabilidad
✅Estado de resultados contable y fiscal
✅Análisis de incrementos, aplicaciones y cancelaciones de provisiones y estimaciones
✅Saldos y operaciones entre partes relacionadas
✅Ajuste anual por inflación
✅Cálculo de la deducción de inversiones
✅CUFIN
✅CUCA
✅PTU
✅Análisis de partidas no deducibles y no acumulables
✅… y demás partidas relevantes de la Declaración Anual.

📩 Si estás evaluando apoyo externo para la preparación de la declaración anual 2025, con gusto podemos conversar.

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DECLARACIÓN ANUAL 2025 DE PERSONAS MORALES: PUNTOS CLAVE QUE DEBES CONSIDERAREl Colegio de Contadores Públicos de México...
20/02/2026

DECLARACIÓN ANUAL 2025 DE PERSONAS MORALES: PUNTOS CLAVE QUE DEBES CONSIDERAR

El Colegio de Contadores Públicos de México compartió los aspectos más relevantes que el SAT está enfatizando para la presentación de la declaración anual.

Papeles de trabajo y conciliación contable-fiscal
✅ Integrar papeles de trabajo sólidos que respalden cada cifra.
✅ Revisar y conciliar CFDI, registros contables, ingresos acumulables y no acumulables.
✅ Verificar la información precargada en el aplicativo del SAT para detectar inconsistencias.
✅ La conciliación debe identificar ingresos y deducciones con tratamiento fiscal distinto al contable.

ISR y deducciones
✅ Correcta clasificación de ingresos fiscales vs. contables.
✅ Supuestos de aplicación, obligaciones y deducciones autorizadas.
✅ Uso adecuado de estímulos fiscales

Nómina y deducciones relacionadas
✅ Cumplir con los requisitos de la LISR en deducciones de nómina.
✅ Aplicar correctamente los porcentajes del 47% y 53% en conceptos exentos.
✅ Revisar y corregir CFDI de nómina dentro de los plazos establecidos.

Cierre fiscal y pérdidas pendientes de amortizar
✅ Determinar el resultado fiscal con base en estados financieros confiables.
✅ Revisar pagos provisionales y su conciliación con el resultado anual.
✅ Aplicar correctamente las pérdidas fiscales pendientes de amortizar, evitando perder el derecho por falta de oportunidad.

Obligaciones especiales y plazos
✅ Considerar supuestos de liquidación, cambios de residencia fiscal y dictaminación.
✅ Identificar si aplica la obligación de presentar la ISSIF (Información sobre Situación Fiscal).
✅ Revisar umbrales de ingresos, activos y número de trabajadores para dictaminarse.

Reconocimiento contable
✅ Registrar adecuadamente transacciones y eventos económicos que cumplan con la definición de activo, pasivo, capital, ingreso, costo o gasto.
✅ Integrar correctamente los estados financieros como base de la declaración.

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¿QUÉ PASA SI NO PRESENTAS LA DECLARACIÓN ANUAL PARA PERSONAS MORALES EN 2026?De acuerdo con el Código Fiscal de la Feder...
19/02/2026

¿QUÉ PASA SI NO PRESENTAS LA DECLARACIÓN ANUAL PARA PERSONAS MORALES EN 2026?

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF), aquellas personas morales que no presenten su declaración en los medios electrónicos estando obligado a ello, que las presenten fuera del plazo, que no cumplan con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o que las cumplan fuera de los plazos señalados en los mismos, serán acreedores a una multa de $20,790 a $41,590.

Aunado a la multa, si tu declaración tiene como resultado saldo en contra, deberás cubrir el monto original más recargos y actualizaciones por el retraso, lo cual termina por aumentar la cantidad final de manera significativa.

La empresa que no presente su Declaración Anual también puede verse afectada para solicitar créditos, participar en licitaciones o recibir subsidios del gobierno, además de, en casos extremos, recibir una limitación o cancelación de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), lo cual detendría cualquier actividad económica formal de la organización.

📩 Si estás evaluando apoyo externo para la preparación de la declaración anual 2025, con gusto podemos conversar.

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PARA FACILITAR EL LLENADO DE FORMULARIOS DE LA DECLARACIÓN ANUAL 2025, LA NUEVA PLATAFORMA CUENTA CON LA SIGUIENTE INFOR...
18/02/2026

PARA FACILITAR EL LLENADO DE FORMULARIOS DE LA DECLARACIÓN ANUAL 2025, LA NUEVA PLATAFORMA CUENTA CON LA SIGUIENTE INFORMACIÓN PRECARGADA:

Por medio de un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las empresas que el plazo para presentar su Declaración Anual concluye el próximo 31 de marzo de 2026, por lo que se les invita a cumplir a tiempo con esta obligación fiscal.

Para facilitar el llenado de formularios, la nueva plataforma cuenta con la siguiente información precargada:

✅ Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio
✅ Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio
✅ Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO)
✅ CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones
✅ Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.
✅ El SAT informó que es importante señalar que, si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias.

Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en reflejarse.

Para enviar la declaración es necesario contar con e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.

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OBLIGADOS A PRESENTAR ISSIF POR TENER OPERACIONES CON PARTES RELACIONADASEl artículo 32-H del CFF señala en su fracción ...
17/02/2026

OBLIGADOS A PRESENTAR ISSIF POR TENER OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

El artículo 32-H del CFF señala en su fracción VI que los siguientes contribuyentes estarán obligados a presentar ante la autoridad fiscal la ISSIF como parte de la declaración anual del ejercicio:

“…Los contribuyentes que sean partes relacionadas de los sujetos establecidos en el artículo 32-A, segundo párrafo1, del Código Fiscal de la Federación.”

Debido a que esta fracción no estipula alguna condición o supuesto, en el cual se otorgará algún parámetro que sirviera al contribuyente como guía para estar claro de la obligación, se adiciona la regla 2.16.5 “Contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal por ser partes relacionadas de los sujetos obligados a dictaminar sus estados financieros”.

Hayan celebrado operaciones que superen los montos establecidos, es decir, que las operaciones sean $13,000,000.01 por actividades empresariales o bien $3,000,000.01 por prestación de servicios profesionales, respectivamente, con dicha parte relacionada

Límite para presentar ISSIF por tener operaciones con residentes en el extranjero;

Los que estén obligados a presentar la información sobre su situación fiscal por haberse ubicado únicamente en el supuesto a que se refiere la fracción V del artículo 32-H podrán optar por no presentar el ISSIF cuando el importe total de operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero en el ejercicio fiscal sea inferior a $100’000,000.00.

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INGRESOS ACUMULABLES PARA DICTAMEN E ISSIF 2025El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores P...
13/02/2026

INGRESOS ACUMULABLES PARA DICTAMEN E ISSIF 2025

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos hace de su conocimiento con fundamento en las disposiciones fiscales vigentes y la orientación jurídica emitida por el SAT, relativas a los supuestos de obligatoriedad para dictaminar estados financieros para efectos fiscales y presentar la Información Sobre la Situación Fiscal (ISSIF), correspondientes al ejercicio fiscal 2025.

Se encontrarán obligados a presentar el Dictamen de Estados Financieros para Efectos Fiscales 2025 (formato SIPRED) aquellos contribuyentes que en el ejercicio 2024 hayan obtenido ingresos acumulables iguales o superiores a $1,940,178,120, así como aquellos que tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en los términos que establecen las disposiciones fiscales aplicables.

La obligatoriedad de presentar la Información Sobre la Situación Fiscal (ISSIF) correspondiente al ejercicio 2025, además de lo previsto en el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación, se atenderá a los ingresos acumulables declarados en el ejercicio 2024, conforme a los montos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para 2025, que ascienden a $1,062,919,860.

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DICTAMEN FISCAL 2025Es la opinión que emite un contador público inscrito como dictaminador (CPI) sobre el cumplimiento d...
12/02/2026

DICTAMEN FISCAL 2025

Es la opinión que emite un contador público inscrito como dictaminador (CPI) sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de un determinado contribuyente.

El SAT ha diseñado un programa que facilita el cumplimiento oportuno de la presentación del dictamen fiscal y el envío de los papeles de trabajo vía internet, denominado Sistema de Presentación de Dictamen (SIPRED).
El pasado 19 y 26 de enero de 2026 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Anexos 18 y 19 respectivamente, de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026 mediante los cuales se dan a conocer los instructivos de integración y características, formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales, así como los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por contador público, para el ejercicio 2025.

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DECLARACIÓN ANUAL 2025 EMPRESASPresenta la Declaración Anual 2025 de tu empresa en tiempo y forma. Esta obligación permi...
10/02/2026

DECLARACIÓN ANUAL 2025 EMPRESAS

Presenta la Declaración Anual 2025 de tu empresa en tiempo y forma. Esta obligación permite a las personas morales informar al SAT sobre sus ingresos, deducciones, impuestos retenidos, pagos realizados y demás información correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

Fechas de presentación:

✅ Sociedades en liquidación: hasta el 19 de enero de 2026
✅ Organizaciones sin fines de lucro: hasta el 16 de febrero de 2026
✅ Régimen General, RESICO y otros regímenes: hasta el 31 de marzo de 2026

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SAT PONE A DISPOSICIÓN APLICATIVO ISSIF 2025El Servicio de Administración Tributaria (SAT), en su página web www.sat.gob...
05/01/2026

SAT PONE A DISPOSICIÓN APLICATIVO ISSIF 2025

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), en su página web www.sat.gob.mx, ha puesto a disposición de los contribuyentes el aplicativo para la elaboración de la “Información sobre la situación fiscal del contribuyente (ISSIF)”, versión 1.0.0.2 para dar cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación (CFF) para el año 2025. Es importante considerar que la versión de la ISSIF puede ser actualizada posteriormente sin previo aviso del SAT.

La dirección electrónica donde puede consultarse este aplicativo es la siguiente:

https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/issif-y-disif

📩 Si estás evaluando apoyo externo para la preparación de estos informes, con gusto podemos conversar.

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INCREMENTO A LOS SALARIOS MÍNIMOS PARA 2026El salario mínimo es la cantidad mínima recibida por jornada de trabajo. La C...
10/12/2025

INCREMENTO A LOS SALARIOS MÍNIMOS PARA 2026

El salario mínimo es la cantidad mínima recibida por jornada de trabajo. La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos determino que a partir del 1 de enero del 2026 el salario mínimo general se incremente de 278.80 a 315.04 pesos diarios y que el salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) se incremente de 419.88 a 440.87 pesos diarios.

Asimismo, los salarios mínimos profesionales del listado integrado por 61 profesiones, oficios y trabajos especiales se incrementarán en el mismo porcentaje que los generales de su área geográfica.

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📊 NIIF 18: DESAGREGACIÓN Y AGRUPACIÓN DE PARTIDASLa nueva NIIF 18 introduce un principio clave: las empresas deben agreg...
27/11/2025

📊 NIIF 18: DESAGREGACIÓN Y AGRUPACIÓN DE PARTIDAS

La nueva NIIF 18 introduce un principio clave: las empresas deben agregar y desagregar la información en sus estados financieros con mayor rigor, justificando cada partida y revelando cambios en políticas contables y métricas no normativas.

🔍 ¿Qué implica? La norma busca evitar que partidas relevantes se diluyan en rubros genéricos como “otros ingresos” u “otros gastos”.

✅ Estados financieros primarios (resultado, balance, flujo de efectivo): deben mostrar subtotales definidos como resultado operativo y antes de impuestos.
✅ Notas a los estados financieros: complementan la información, explicando criterios de agrupación y desagregación.

📑 Guía práctica para decidir cuándo agrupar o desagregar:

Naturaleza y función de ingresos/gastos.
Materialidad (importancia relativa).
Claridad para los usuarios externos.

📌 Nuevos requisitos de revelación:

Justificar la presentación de partidas específicas.
Explicar cambios en políticas contables y su impacto.
Detallar ajustes de métricas internas (ej. EBITDA ajustado), indicando cómo se calculan y por qué son relevantes.

🚨 Objetivo: Evitar métricas “a medida” sin transparencia y fortalecer la confianza de inversionistas y reguladores.

📊 Roles definidos:

Estados financieros primarios → resumen estandarizado.
Notas → amplían y explican cifras, políticas y juicios de la gerencia.

💡 La NIIF 18 exige mayor disciplina en la presentación y explicación de la información financiera. La desagregación y revelación estricta buscan que los estados financieros sean más útiles, comparables y confiables para todos los usuarios.

MEDICIONES DE RENDIMIENTO DEFINIDAS POR LA GERENCIA - NIIF 18Las empresas deberán revelar y explicar cualquier métrica f...
18/11/2025

MEDICIONES DE RENDIMIENTO DEFINIDAS POR LA GERENCIA - NIIF 18

Las empresas deberán revelar y explicar cualquier métrica financiera que no esté definida por las NIIF pero que sea utilizada internamente para evaluar el desempeño (por ejemplo, EBITDA ajustado).

Se exige mayor claridad en la presentación de rubros, evitando agrupaciones genéricas como “otros ingresos” sin explicación. Esto aplica tanto en los estados financieros primarios como en las notas.

Una medida de desempeño definida (MPM’s) por la gerencia es un subtotal de ingresos y gastos que:

1️⃣Una entidad utiliza en sus comunicaciones publicas fuera del ámbito financiero.
2️⃣Una entidad utiliza para comunicar a sus usuarios de los estados financieros el desempeño financiero de la entidad.
3️⃣No requiere específicamente ser presentado o revelado por las NIIF.

Medidas de desempeño financiero definidas por la administración:

Medidas de desempeño
🔹Utilidad o perdida ajustada
🔹Utilidad de operación ajustada
🔹EBITDA ajustado

Definidas en IFRS
🔸Utilidad de operación
🔸Utilidad de operación antes de depreciación, amortización y deterioro.

Otras métricas
▪️ Flujo libre de caja
▪️ Retorno sobre capital
▪️ Deuda neta

Otras métricas no financieras
▫️ Número de suscriptores
▫️ Satisfacción de clientes
▫️ Rotación de personal

No te pierdas las próximas publicaciones donde entraremos en detalle con nueva la NIIF 18.

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