28/02/2017
-SAT LLAMA A LA CALMA POR REVISIÓN DE CUENTAS
- Información debe ser aprobada solo por orden de juez
Con un llamado a la calma, pero también con otro de advertencia, el jefe de la SAT, pidió ayer no tener por el levantamiento del secreto bancario.
El superintendente, Solórzano Foppa, recordó que la medida solo se podrá aplicar con la aprobación de juez y que en la actualidad la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) tiene acceso a esos datos financieros por medio de juez. Sin embargo, dijo que en esa ocasión la diferencia serán los plazos para iniciar una investigación.
Entre las nuevas dispersiones contenidas en el Decreto 37-2016 aprobado el año pasado se requiere agilizar el tiempo en el que un juzgado resuelva si acepta la solicitud de la entidad tributaria.
La normativa ordena que ese proceso se lleve a cabo en tres días. Luego de eso, las partes deben ser notificadas; y de ser aprobada la solicitud, en otro plazo no mayor de ocho días las entidades que posean la información deben trasladarla a la SAT. Los Juzgados especializados se inaugurarán el 3 de marzo, según el Organismo Judicial.
Otra disposición es la que obliga a personas y empresas a tener respaldo de todos sus ingresos.
En la relación con el llamado de advertencia, el superintendente dijo que este es el momento para que personas o empresas que adeudan impuestos acudan a regularizar su situación, además de que no deben volver a incurrir en esos atrasos.
Desinformación
El funcionario dijo que han circulado campañas de desinformación con las cuales se pretenden asustar a la población acerca de la aplicación de esas disposiciones, que van a enfocadas a verificar las declaraciones de los contribuyentes con mayor agilidad y orden.
En un tono tranquilizador, Solórzano manifestó que las iniciativas judiciales encargadas de los procesos estarán compuestas por el juez, su respectivo tribunal de sistema, tres personas y la sala de apelaciones especializada con tres magistrados, así como personal de apoyo. Además, que las verificaciones se harán con base en el sistema de análisis de riesgo y cruce de información y se representará de forma escrita la confidencialidad.
A consideración del superintendente se ha realizado una minuciosa elección del personal que se encargará del manejo de la información financiera, y que la dependencia que tenga acceso lo hará de manera confidencial con el fin de evitar discrecionalidades y arbitrariedades.
Según explicó, han destacado que la confidencialidad es uno de los temas que más preocupan a la población guatemalteca, entre estos el uso de sus datos personales, y en ese caso de sus estados patrimoniales.
“Para la SAT no solo es un compromiso legal, sino un compromiso constitucional que tenemos de reguardar información”, aseguró.
Advirtió de que también hay preocupaciones no tan legítimas al referirse a quienes no están inscritos o no reportan ingresos e impuestos. La forma fácil de despreocuparse es venir a pagar expreso Solórzano.
Proceso
• La SAT puede solicitar apertura al secreto bancario con orden de juez tanto de contribuyentes inscritos como a personas o negocios en general.
• Esa medida ya existía, pero ahora se reducen los plazos. Las instancias judiciales y los bancos tendrán unos 14 días para cumplir con el trámite.
• La SAT es el criterio por el cual podrán revisar datos financieros bancarios, cooperativas tarjetas de crédito, casas de bolsa de cuatro años atrás con base en el plazo de prescripción del Código Tributario.
• El Artículo 48 de ese Código establece que el plazo se amplía a ocho años cuando el responsable no se haya registrado en la SAT.
• Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad conforme el Código de Comercio deben registrar todas las cuentas bancarias en quetzales y dólares en los libros contables; de no hacerlo, será calificado como resistencia a la fiscalización.
FUENTE: Prensa Libre