Gestoría Soriano Molina

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📢 Hacienda aclara BizumDesde febrero 2026, los bancos informarán a Hacienda del total cobrado por Bizum por empresarios ...
24/12/2025

📢 Hacienda aclara Bizum
Desde febrero 2026, los bancos informarán a Hacienda del total cobrado por Bizum por empresarios y profesionales.
✅ Particulares no están afectados, pero ojo: un Bizum entre particulares puede ser donación y tributar.
👉 Consejo: revisa y cuadra importes entre Bizum, transferencias, TPV y facturación para evitar discrepancias.
¿Dudas? Consúltanos.

📢 ¡Importante! El Ministerio de Hacienda retrasa VERIFACTU a 2027El Gobierno, en el Consejo de Ministros y Ministras, ce...
02/12/2025

📢 ¡Importante! El Ministerio de Hacienda retrasa VERIFACTU a 2027

El Gobierno, en el Consejo de Ministros y Ministras, celebrado a las 09:30h, ha aprobado un Real Decreto-ley, que entre otras medidas, prórroga a 2027 la entrada en vigor del Reglamento VERI*FACTU. Como sabes, el Real Decreto 254/2025, fijó la entrada en vigor el 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2026 para los empresarios y profesionales con actividad económica en el IRPF.

Por lo tanto, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades quedarán obligados a partir del 1 de enero de 2027 y los empresarios y profesionales, con actividad económica en el IRPF, el 1 de julio también de 2027.

No obstante, recordamos que un Real Decreto-ley debe ser sometido a votación y convalidado o derogado por el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días.

Aunque hay más tiempo, recomendamos seguir utilizando software de facturación adaptado. Adelantar la transición te permitirá:
✔️ Cumplir con los requisitos técnicos
✔️ Evitar prisas y riesgos cuando llegue la fecha
✔️ Mejorar la gestión y trazabilidad desde ahora

📰Los límites de estimación objetiva 2025 han sido prorrogados.Más información 👉
25/03/2025

📰Los límites de estimación objetiva 2025 han sido prorrogados.

Más información 👉

Estimados clientes, Nos complace informarles que, conforme a la Nota publicada por la Agencia Tributaria el 24 de marzo de 2025, los límites de estimación objetiva han sido prorrogados. Esta prórroga afecta a la aplicación del Régimen simplificado y del Régimen especial de agricultura, ganader...

14/03/2025

La libertad amortización regulada en la disposición adicional decimoséptima de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, “Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables”

30/12/2024
🚗💡 Deducción Fiscal por Adquisición de Vehículos Eléctricos Enchufables (DA 58ª LIRPF) 💡🚗¡Aprovecha esta oportunidad! Si...
11/12/2024

🚗💡 Deducción Fiscal por Adquisición de Vehículos Eléctricos Enchufables (DA 58ª LIRPF) 💡🚗

¡Aprovecha esta oportunidad! Si compras un vehículo eléctrico enchufable entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, puedes beneficiarte de una deducción fiscal. Aquí te dejamos los puntos clave:

🔹 Modalidades de Adquisición:

Compra en firme: Deducción en el período impositivo de matriculación.
Entrega a cuenta: Al menos el 25% del valor del vehículo, deducción en el período del pago a cuenta.
🔹 Base de Deducción:

Incluye el valor de adquisición y gastos inherentes, menos subvenciones.
🔹 Límite Máximo:

Hasta 20.000 € por vehículo.
🔹 Requisitos:

Aplicable a turismos M1, cuadriciclos ligeros L6e, pesados L7e, y motocicletas L3e, L4e, L5e.
Esta deducción promueve la sostenibilidad y la reducción de emisiones. ¡No te lo pierdas! 🌍⚡

Hoy recordamos la normativa que establece una deducción fiscal para la adquisición de vehículos eléctricos enchufables, destacando los siguientes aspectos esenciales: Esta deducción busca incentivar la compra de vehículos eléctricos, promoviendo la sostenibilidad y la reducción de emisiones.

Plan Reinicia Auto+El Gobierno de España ha lanzado el Plan Reinicia Auto+ para apoyar a los afectados por la Depresión ...
09/12/2024

Plan Reinicia Auto+
El Gobierno de España ha lanzado el Plan Reinicia Auto+ para apoyar a los afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA). Este plan ofrece subvenciones de hasta 10.000 euros para la compra de vehículos nuevos o seminuevos.
Detalles del Plan:
• Monto de la ayuda: Hasta 10.000 euros para vehículos nuevos con etiqueta Cero y hasta 5.000 euros para vehículos con etiquetas ECO o C.
• Vehículos elegibles: Nuevos (matriculados a partir del 30 de octubre de 2024) y seminuevos (matriculados después del 30 de octubre de 2021 y procedentes de concesionarios adheridos al plan).
• Beneficiarios: Personas físicas y jurídicas que hayan perdido su vehículo a causa de la DANA y hayan gestionado la reclamación de indemnización.
• Plazo: Las ayudas estarán disponibles hasta el 30 de junio de 2025 o hasta agotar fondos.
Requisitos:
1. Afectados por la DANA: Deben haber perdido su vehículo entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
2. Documentación: Presentar la documentación que acredite la pérdida del vehículo, incluyendo el registro del expediente en el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y la póliza de seguro del vehículo.
3. Beneficiarios: Personas físicas pueden optar a un máximo de dos subvenciones; personas jurídicas, hasta cinco.
4. Adquisición y Solicitud: La compra y la presentación de solicitudes deben realizarse en los puntos de venta adheridos al programa.
Condiciones Adicionales:
• Compatibilidad: Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el coste del vehículo.
• Achatarramiento: No es obligatorio achatarrar otro vehículo para solicitar las ayudas.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-24840

AVISO DANA 12. VEHICULOS DE BAJA TEMPORALDebido a los daños ocasionados por la DANA en Valencia, la Dirección General de...
26/11/2024

AVISO DANA 12. VEHICULOS DE BAJA TEMPORAL

Debido a los daños ocasionados por la DANA en Valencia, la Dirección General de Tráfico (DGT) está procediendo a la baja automática y de oficio de todos los vehículos que han sido tramitados por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Como algunos de vosotros nos comentáis, esta medida se está aplicando tanto a los vehículos que se encuentren en buen estado, como a aquellos que han sido declarados siniestro total, sin embargo, recordamos que un vehículo de baja temporal no puede circular.

Os pedimos a los propietarios de estos vehículos que reviséis la situación de estos, para evitar circular de manera irregular. Podéis comprobarlo desde la app miDGT, o a través de este enlace: https://www.dgt.es/nuestros-servicios/tu-vehiculo/tus-vehiculos/consulta-los-datos-de-tus-vehiculos/

En el caso de que el vehículo esté dado de baja temporal, se debe dar de alta para poder circular. Si estáis interesados en que os lo tramitemos, podéis poneros en contacto con nosotros. Os dejamos un enlace a todos los trámites relacionados con la DANA https://www.dgt.es/nuestros-servicios/afectados-dana/afectados-dana-tramites/

Esperamos que esta información sea de vuestro interés

Un saludo

Noticias, Notas prensa, Información Tráfico, Campañas - DGT

📢 ¡Aviso Importante para Afectados por la DANA! 📢Si has sufrido lucro cesante por la DANA, puedes solicitar las ayudas d...
22/11/2024

📢 ¡Aviso Importante para Afectados por la DANA! 📢

Si has sufrido lucro cesante por la DANA, puedes solicitar las ayudas del ministerio, pero debes poder acreditarlo, ¡Y no es fácil!.

🔹 Ayudas hasta 5.000€ para autónomos y desde 10.000€ para empresas.
🔹 Requisitos: Domicilio fiscal en municipios afectados y alta en el censo de empresarios.
🔹 Acreditación del Daño: La normativa europea exige un cálculo específico bastante restrictivo para acreditar el lucro cesante.

Más información en nuestro blog.

Resumen Este aviso solo afecta a los afectados por lucro cesante como consecuencia de la DANA. Los clientes que han sido afectados directamente deben estar tranquilos, ya hemos solicitado las ayudas correspondientes. La ayuda de 5.000€ para autónomos, y desde 10.000€ para empresas, se puede sol...

El gobierno autonómico ha implementado una bonificación del 100% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Acto...
17/11/2024

El gobierno autonómico ha implementado una bonificación del 100% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la compra de vehículos que reemplacen a los dañados por la DANA en Valencia. Esta medida está destinada a ayudar a los afectados por las inundaciones, facilitando la adquisición de un nuevo vehículo sin coste adicional en impuestos.

📅 Periodo de aplicación: Desde el 29 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Aprovecha esta oportunidad y comparte esta información con quienes puedan necesitarla. ¡Estamos aquí para ayudarte! 💪

Bonificación del 100% en el ITP para la adquisición de vehículos que reemplacen a los dañados por la DANA de Valencia.

Desde el inicio, hemos estado comprometidos en mantener a nuestros clientes informados sobre las ayudas disponibles. Hoy...
15/11/2024

Desde el inicio, hemos estado comprometidos en mantener a nuestros clientes informados sobre las ayudas disponibles. Hoy, extendemos esta ayuda a todos, independientemente de si son clientes o no, con una guía visual fácil de seguir para solicitar las ayudas tanto estatales como autonómicas para paliar los daños materiales. 🌧️

✅ Accede rápidamente a los documentos y trámites necesarios con solo un par de clics.

Esperamos que esta información sea útil para todos. ¡Ánimo y fuerza a todos los afectados! ✨

Desde el inicio, hemos estado comprometidos en mantener a nuestros clientes informados diariamente, mediante avisos informativos, sobre las novedades normativas relacionadas con los afectados por la DANA. Hoy queremos extender esta ayuda a todos aquellos que, aunque no sean clientes, puedan estar in...

08/11/2024

🤝 Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Valencia hemos abierto una cuenta corriente para recibir aportaciones dirigidas a la reconstrucción de los despachos de nuestros compañeros afectados e impulsar acciones colegiales dirigidas a atender necesidades surgidas como consecuencia de este devastador temporal.

➡️Esta cuenta será auditada internamente e informada de manera transparente para asegurar que los fondos recaudados se han utilizado exclusivamente para este fin.

•⁠ ⁠NÚMERO DE CUENTA:
•⁠ ⁠ES2631590078523048420529

•⁠ ⁠ENTIDAD BANCARIA:
•⁠ ⁠Caixa Popular

•⁠ ⁠BIZUM:
•⁠ ⁠Código 10522

Gracias a todos por vuestra colaboración

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