AudiCont SRL

AudiCont SRL Especializados en Operaciones Contables y Recursos Humanos

20/05/2026
20/05/2026

🌞 Buenos días ‼️

📢📄 ASPECTOS GENERALES SOBRE LA DECLARACIÓN JURADA DE INGRESOS NO TRIBUTARIOS SEGÚN LA RESOLUCIÓN 332 DEL Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba.

🏢📌 Las empresas estatales deben presentar la Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios cuando ya tengan aprobada la creación de reservas voluntarias y el uso del financiamiento para inversiones.

📅📌 Todas las empresas estatales, al terminar su año de trabajo, deben entregar esta declaración a la ONAT del municipio donde están registradas, sin importar si tuvieron ganancias o pérdidas.

🔺 El plazo para presentar la declaración jurada 0️⃣ 6️⃣ es hasta el 3️⃣1️⃣ de mayo del año siguiente al cierre del año económico.

📂📌 También deben enviar copia a su organismo superior, a la organización empresarial a la que pertenecen y a las administraciones del Poder Popular a nivel provincial y municipal.

💰📌 Con esta declaración, las empresas calculan y pagan cada año el aporte correspondiente al rendimiento de la inversión del Estado, tomando en cuenta los pagos que ya hayan realizado.

⚠️📌 Si una empresa no entrega la declaración dentro del tiempo establecido, puede recibir sanciones según la ley tributaria vigente. Si no puede presentarla porque aún no tiene aprobadas las reservas necesarias, puede pedir a la ONAT un plazo adicional de hasta dos meses.

Conoce más en: ⤵️
https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/resolucion-332-de-2025-de-ministerio-de-finanzas-y-precios


11/05/2026

🚨 Buenos días ‼️

⚠️ Atención, el plazo para presentar la declaración jurada 0️⃣6️⃣.

🎯 ¿Por qué es importante?

✅ Porque pagar estos ingresos no es solo una obligación legal, es un deber ético y moral que impulsa el desarrollo económico y social del país.

⏳ Fecha clave:

📅 31 de mayo → vence el plazo para presentar la Declaración Jurada 06 ingresos no tributarios y realizar el pago.

📂 ¿Cómo acceder al formulario?

Sigue estos 3 pasos sencillos:

1️⃣ Visita nuestro Portal Tributario 👉 www.onat.gob.cu

2️⃣ Ve a la sección Descargas / Modelos y Formularios

3️⃣ Selecciona la Declaración Jurada 06

✅ ¿Quiénes deben presentarla?

🔹 Empresas estatales y Unidades Empresariales de Base

🔹 Sociedades mercantiles con capital 100 % cubano (para declarar dividendos)

🔹 Cualquier entidad con Ingresos No Tributarios por inversión estatal, utilidades, reintegros, multas, etc.

💻 ¿Tienes firma digital?

✅ Puedes enviar tu declaración en formato digital vía correo electrónico (usando la firma electrónica), por USB o en formato físico con firma manual.

📧 ¿No sabes a qué dirección correo electrónico debes enviar la Declaración? ⤵️

✅ En nuestro portal, sección Contacto, encontrarás los correos habilitados por cada municipio.

📌 Ejemplos de Ingresos No Tributarios:

✅ Canon minero.

✅Tasas aeroportuarias.

✅ Ingresos patrimoniales.

📄 Derecho de superficie.

✅Ingresos crediticios.

✅Recargos sancionadores.

⚖️ Multas.

✅ Arrendamiento o usufructo de bienes estatales.

✅ Otros cobros administrativos

📊 Los más declarados en la práctica:

✔️ Aporte por rendimiento de la inversión estatal.

✔️ Aporte de utilidades.

✔️ Dividendos.

✔️ Reintegros al Presupuesto.

✔️ Multas administrativas.

🚫 Las multas no son un mecanismo de recaudación, sino una medida sancionadora que se activa por incumplimiento de la ley.

✅ Recuerda:

🔺 Presentar la Declaración Jurada 06 es una obligación formal que permite declarar voluntariamente los ingresos anuales no tributarios, según los pagos a cuenta realizados.

Felicidades Mamá!
10/05/2026

Felicidades Mamá!

08/05/2026
06/05/2026

📢 Buenas tardes ‼️

Cuenta Bancaria Fiscal (CBF)

✔️ Obligación de apertura:

✅ Todos los trabajadores por cuenta propia deben abrir y operar una cuenta en un banco comercial cubano. Esta cuenta debe ser declarada ante la Administración Tributaria y se reconoce como Cuenta Bancaria Fiscal (CBF).

💳 Transferencias para pagos de impuestos:

✅ Las transferencias desde la CBF hacia cuentas de tenedores de libros por servicios de gestión contable no constituyen ingresos personales a efectos fiscales.

📄 Declaración de datos:

✅ Los titulares de la CBF deben declarar sus datos bancarios a las personas jurídicas para el cobro de servicios mediante el sistema bancario.

🏦 Uso obligatorio en pagos:

✅ Cuando una persona natural pague bienes o servicios por transferencia, el contribuyente debe facilitar los datos de su CBF para efectuar el pago correctamente.

⚠️ :

✅ El incumplimiento de la obligación de abrir la Cuenta Bancaria Fiscal o de realizar operaciones a través de ella se considera una infracción tributaria y está sujeto a sanciones según la legislación vigente..

📌 Cumple tus obligaciones tributarias.

04/05/2026

🌞 Buenos días ‼️

y

🔊 El próximo 31 de mayo culmina el periodo voluntario para presentar la Declaración Jurada 0️⃣6️⃣ de Ingresos No Tributarios y por los dividendos obtenidos.

➡️ sobre el ⤵️

🔺 Según la Ley No. 291, del 3 de julio de 1980, en su artículo 17, el Ministerio de Finanzas y Precios, entonces Comité Estatal de Finanzas, dispuso confeccionar el clasificador de ingresos y gastos del Presupuesto del Estado.

🫣¿Qué significan los numeritos?

🎯 El

🔺 El clasificador posee varias secciones, entre las que se encuentran impuestos, contribuciones, tasas y otros ingresos, incluidos el Ingreso No Tributario (10).

🔺 De esta manera cada capítulo forma un grupo de párrafos dentro de una sección y los párrafos constituyen conceptos específicos de ingresos presupuestarios.

🔺 Así, el código que identifica a cada ingreso está compuesto de 6️⃣ números, de la siguiente manera

🔺 De izquierda a derecha, los dígitos se corresponden con:

✅ primero y segundo --- número de la sección,

✅ tercero --- capítulo,

✅ cuarto y quinto --- número del párrafo,

✅ sexto --- tipo de Presupuesto al que se destina ese recurso⤵️

🔺 0 - central,

🔺 1 - provincial,

🔺 2 - municipal,

🔺 3 - Seguridad Social.

🎯 Por ejemplo, el ingreso no tributario que posee el código 100000, puede identificarlo de la siguiente manera:

✅ 10 - número de la sección,

✅ 0 - capítulo,

✅ 00 - número del párrafo,

✅ 0 - tipo de Presupuesto al que se destina ese recurso.

🤔 Pero, ¿Cuál es la diferencia entre impuesto tributario e impuesto no tributario?

🎯 Lo que diferencia es básicamente, su naturaleza. El impuesto tributario proviene de las prestaciones pecuniarias que el Estado demanda, con el objetivo de obtener los recursos necesarios para la satisfacción de los gastos públicos, mientras que los impuestos no tributarios provienen del pago voluntario por parte del contribuyente por usar bienes y servicios públicos.

🔺 ¿Cuáles son los Impuestos No Tributarios?
Existen varios Impuestos No Tributarios entre los que se pueden mencionar:

Impuestos No Tributarios

▶️ 101010 Derecho de superficie

▶️ 101022 Derecho por uso de bienes

▶️ 101030 Canon concesión minera

▶️ 101050 Derecho sobre bienes intangibles



🔺 Incumplir las obligaciones tributarias no es una opción, sino una elección.



🔺 También forman parte de los impuestos no tributarios, el pago de las multas (medidas no deseadas) impuestas a personas naturales y personas jurídicas, siempre que cometan infracciones que las requieran y otros pagos pagos referentes a recursos establecidos por los contribuyentes ante la administración tributaria y de conformidad con esta, además el pago voluntario de los prestamos realizados a estudiantes con el objetivo de garantizar la continuidad de estudios, entre otros.

Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba Onat Provincial Mayabeque @

02/05/2026

Aviso a contribuyentes personas naturales

La Oficina Nacional de Administración Tributaria informa que, a partir de este momento, inicia la aplicación de medidas a los contribuyentes personas naturales que no cumplieron las obligaciones tributarias relacionadas con el Impuesto sobre Ingresos Personales dentro del plazo establecidos en la Ley 113 “Del Sistema Tributario”.

Estas medidas incluyen recargos por mora, imposición de multas y restricción de salida del país, cierre temporal o definitivo de establecemos, embargo de la Cuenta Bancaria Fiscal y otras acciones previstas en la legislación vigente.

Se exhorta a regularizar su situación de inmediato, presentando la declaración jurada pendientes y efectuando los pagos correspondientes.

Cumplir las responsabilidades tributarias evita sanciones y contribuye al sostenimiento de los servicios públicos y el desarrollo del país.





28/04/2026

🔷 Tienes menos de 3 meses para entregar esta documentación al Registro Mercantil y NADIE está hablando de esto🔷
📘 El pasado 16 de abril fue publicada en gaceta la RES 99/26 del que obliga a las personas jurídicas deben declarar a sus beneficiarios finales en la escritura pública de constitución, en casos de transmisión de acciones, incorporación de nuevos socios o cualquier cambio que afecte al beneficiario final.

📘 Beneficiario final: personas naturales que poseen, directa o indirectamente, el control final sobre una persona jurídica u otra estructura jurídica:
- siendo propietarios de un porcentaje con umbral mínimo de 15 % de las acciones o participaciones;
- ejerza de forma efectiva el control sobre las actividades de la persona jurídica a través del voto cualificado;
- posea la capacidad de nombrar y revocar a los miembros de los órganos societarios;
- posea la prerrogativa estatutaria para ejercer el derecho al veto;
- pueda modificar directamente los instrumentos constitutivos de la persona jurídica;
- pueda disolver o convertir la persona jurídica;
- ejerza el control a través de conexiones personales con los individuos que tengan propiedad en la persona jurídica;
- o se beneficie de las transacciones, actividades o bienes que son propiedad de la persona jurídica.

📘 ¿Para quién es la obligación?
personas jurídicas, en las que están incluidas las
- mercantiles de capital ciento por ciento cubano,
- sociedades de responsabilidad limitada ( )
- empresas de capital totalmente , establecidas como sucursales, filiales y individuales;
- empresas mixtas,
- personas jurídicas que son partes en los contratos de asociación económica ,
- agropecuarias y no agropecuarias,
- empresas estatales y otras formas de organización económica que operen en el territorio nacional.

📘 La actualización de beneficiario final ante el Registro Mercantil, se realiza
por los sujetos mercantiles, anualmente, dentro de los primeros seis meses del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal, de conjunto con el depósito del balance de los estados financieros, que incluye los estados de situación y los de rendimiento.

📘 Cuando se entrega la información referente al beneficiario final:
- dentro de 60 días hábiles a partir del 16 de abril de 2026, para los sujetos mercantiles que ahora mismo ya se encuentran inscritos en el Registro Mercantil
- dentro de los 30 días posteriores al otorgamiento del documento público, para sujetos que se inscriben.
- anualmente, dentro de los primeros seis meses del año siguiente al cierre del ejercicio fiscal para la actualización, de conjunto con el depósito del balance de los estados financieros, que incluye los estados de situación y los de rendimiento.

🔗La actualización se hace siguiendo un modelo (Anexo 1) de la resolución. Ponemos a su disposición un modelo en formato word elaborado por nosotros:
https://aemprezar.wordpress.com/wp-content/uploads/2026/04/modelo-r99.2026-minjus-beneficiario.docx

📘 El incumplimiento de la obligación de declarar y actualizar al beneficiario
final, o la presentación de información falsa o incompleta, puede ser sancionado con un recargo de un 30 % de la tarifa que para cada caso está establecido, la suspensión temporal de las actividades mercantiles, o la cancelación de la inscripción en el Registro Mercantil, según la gravedad de la infracción.

🔗Enlace del norma en gaceta, donde puede consultar el Anexo 1
https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/gaceta-oficial-no-34-ordinaria-de-2026

💬 Comparte esta información con otros que no saben que tienen este término para entregar la información.

🟦

27/04/2026
No pierdas tiempo! Se acerca el 30 de abril.
24/04/2026

No pierdas tiempo! Se acerca el 30 de abril.



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Havana
10100

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